sábado, 7 de marzo de 2009

RESIDENCIAS PARA MAYORES 2: EMPRESAS DE ECONOMIA SOCIAL...

Base Tercera.- Beneficiarios.

Uno. Podrán acogerse a las subvenciones, objeto
de la presente Orden, las Administraciones Públicas,
Fundaciones, Federaciones y Confederaciones
sin fines de lucro, Organizaciones No Gubernamentales,
Colegios Profesionales y Empresas de
Economía Social, cuando el destino de la subvención
sea para contribuir a aquellas actividades que
desarrollen o promuevan relacionadas con la prestación
de servicios en las distintas áreas descritas
en la base anterior.

Dichas actividades, en el caso de Federaciones,
Fundaciones, Entidades, Organizaciones No Gubernamentales,
Asociaciones sin fin de lucro o Empresas
de Economía Social, tendrán que estar
previstas en los fines de sus estatutos, o en la reglamentación
por la que se rijan. Asimismo, éstas
tendrán que estar reconocidas como entidad colaboradora
de la Dirección General de Servicios Sociales.

¿Qué es una Empresa de Economía Social?

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